martes, 1 de febrero de 2011

Contra los impresentables, constancia

Los que lleváis tiempo conmigo ya sabéis mi conflicto con la aseguradora AXA, una vez transcurrido el tiempo establecido en por la Ley, este es el siguiente paso antes de llegar a los tribunales, ya os digo yo que esa donde vamos:

RAUL CAMPOS CARRASCO


REF. 5863074

AXA, S.A. DE SEGUROS
MONSEÑOR PALMER, 1
07014 PALMA DE MALLORCA
AL DPTO. DE ATENCIÓN AL CLIENTE
REF. 4000041108
PÓLIZA 00082787

                                                                                                         En Huelva, a 24 de enero de 2011.

Muy Sres. míos:

Por la presente me dirijo al Dpto. de Atención al Cliente de la entidad aseguradora AXA, al amparo de lo previsto en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, y Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, para formular reclamación conforme expongo seguidamente:

Como podrán comprobar por el expediente de siniestro, la embarcación asegurada sufrió daños, al golpearse contra el pantalán.

Mediante burofax de la aseguradora del día 20 de octubre de 2010 se me comunica rechazo de cobertura, lo que motiva mi escrito de fecha 30 de noviembre siguiente, que no ha tenido respuesta.

Me veo, por lo tanto, en la necesidad de elevar reclamación ante ese Departamento de Atención al Cliente, reiterando que por parte de la aseguradora no se han informado las causas en que basa su postura de rechazo.

Conforme coberturas de la póliza, se encuentran asegurados los daños propios a la embarcación, luego no se entiende que, habiéndose producido una colisión contra el pantalán, con daños a la misma, digan que no están cubiertos.

Resalta la improcedente mora en que está incursa la aseguradora en la tramitación de este siniestro, toda vez que el accidente ocurrió el día 24 de agosto de 2010, y hasta el mes de octubre no han concretado su rechazo, y además sin explicar los motivos. Por ello, en su caso apelaré a lo previsto sobre injustificada mora en los artículos 18 y 20 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

Por lo expuesto, les solicito se determine la obligación de AXA de cubrir los daños de la embarcación, conforme coberturas de la póliza, o bien, en cualquier caso, se me informe de las causas, contractuales o legales, de su negativa.

A los correspondientes efectos comunico que sobre este asunto no se encuentra incoado procedimiento arbitral, administrativo o judicial.

Les comunico no obstante mi intención, de no proceder conforme intereso, en su momento, a reclamar mis derechos por la vía judicial.

En espera de su Resolución, les saludo atentamente.

Fdo. RAUL CAMPOS CARRASCO

2 comentarios:

Rafalin dijo...

Por mi parte te doy las gracias por hacer publico tu caso. Es evidente que este tipo de publicidad para las compañias no les vendran nada bien, asi que el tan conocido "boca a boca" empezara a circular, de eso que no te queda duda.

Saludos.

Rafalin.

Efrén dijo...

Para cobrar se dan más prisa... son unos impresentables...
Saludos.